Las prestaciones por maternidad no deben tributar por IRPF

Las prestaciones por maternidad no deben tributar por IRPF

 

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo establece que las prestaciones por maternidad no deben tributar por IRPF, la norma es aplicable para quienes las hayan percibido desde 2014 y por tanto se abre una vía para la reclamación por los importes indebidamente tributados.

 

¿Qué impacto tiene esta sentencia?

Se abre la puerta para que quien haya recibido prestaciones por maternidad entre 2014 y 2017 pueda reclamar el IRPF que haya pagado por razón de las mismas.

Las percepciones percibidas en 2014 pueden afectar a hijos nacidos en el último trimestre del año 2013: si el hijo nació en el último trimestre de un año, es posible que se cobrara la prestación en dos ejercicios distintos y en ese caso deberás solicitar la rectificación de ambos ejercicios.

Aunque la norma de IRPF habla de prestaciones de maternidad, no sólo las madres perceptoras de dicha prestación podrán instar la reclamación. También podrán reclamar los padres que la hayan percibido, porque cuando el padre disfruta delperiodo cedido por la madre, la prestación que él percibe sigue siendo de maternidad.

¿Dónde localizo el importe de la prestación por maternidad?

En los datos fiscales remitidos por Hacienda. Si no se conservan en papel, se pueden consultar en la web de Agencia Tributaria dándose de alta en el sistema ClavePIN

¿Cómo reclamaría la devolución del IRPF?

Se debe solicitar una rectificación de la declaración del IRPF en la que se hayan incluido las prestaciones por maternidad y pedir la devolución de los ingresos indebidos y de los intereses de demora.

Para las declaraciones de la renta de 2016 y 2017 este trámite se debe hacer a través de la propia web de la Agencia Tributaria.

Para las de años 2014 y 2015, se debe dirigir un escrito a la Agencia Tributaria llamado «Solicitud de rectificación de autoliquidación y de devolución de la prestación de maternidad». Importante llevar a Hacienda dos copias del modelo firmado para que te devuelvan una sellada con la fecha de su recepción. Otra opción es enviar el escrito por correo certificado administrativo, en cuyo caso también se ha de llevar a Correos dos copias del modelo y hacer que te devuelvan una sellada en la primera página.

¿Hay excepciones a todo lo anterior?

No se tiene derecho a reclamar el IRPF:

• Si la declaración del IRPF ya ha sido comprobada y modificada y se ha aceptado una autoliquidación firme.
• Si se ha recibido una sentencia o resolución administrativa firme contra la devolución del IRPF.
• Si la Administración tributaria ya ha practicado liquidación definitiva o liquidación provisional por el mismo motivo.

¿Qué sucederá después de solicitar la devolución del IRPF?

Si la solicitud se considera procedente, Hacienda deberá rectificar la declaración presentada y devolver la cantidad indebidamente ingresada, más los intereses de demora que correspondan.

Si Hacienda rechazase la devolución de ingresos indebidos, se debería presentar una reclamación económico administrativa. Si esta tampoco consigue un resultado positivo, se tendrá que valorar si acudir a los tribunales contencioso administrativos asistido de abogado y procurador.

 

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