Protocolo contra el acoso laboral y por razón de sexo

 

Introducción

1. Compromiso de Aedipe Catalunya:

La Associació Professional Catalana de Direcció de Recursos Humans (Aedipe Catalunya) declara su compromiso absoluto con la creación y mantenimiento de un entorno laboral seguro, respetuoso e igualitario, libre de cualquier forma de acoso laboral, acoso por razón de sexo o acoso sexual.

2. Ámbito de aplicación:

Este protocolo aplica a todas las personas que interactúan con Aedipe Catalunya, incluyendo:
– Personal asalariado.
– Miembros de la Junta Directiva.
– Miembros asociados.
– Colaboradores externos.
– Personas vinculadas a actividades organizadas por la Asociación.

3. Objetivo:
Establecer un marco de actuación para prevenir, identificar y gestionar situaciones de acoso, protegiendo la dignidad de las personas y fomentando el respeto y la igualdad.

Definiciones

1. Acoso laboral (mobbing):
Conductas reiteradas y prolongadas que buscan menoscabar la autoestima, dignidad o estabilidad emocional de una persona en el entorno laboral.

2. Acoso por razón de sexo:
Comportamientos basados en el género que crean un entorno intimidante, humillante o discriminatorio.

3. Acoso sexual:
Conductas de naturaleza sexual no deseadas que afectan la dignidad de una persona, ya sea verbal, no verbal o física.

4. Ejemplos de conductas constitutivas de acoso:
– Descalificaciones constantes.
– Amenazas o coacciones.
– Difusión de rumores o aislamiento social.
– Insinuaciones sexuales no deseadas.

Principios rectores

1. Tolerancia Cero: Aedipe Catalunya no tolerará ningún tipo de acoso en su ámbito de actuación.

2. Confidencialidad: Todas las actuaciones serán tratadas de forma estrictamente confidencial.
3. Protección: Se evitarán represalias contra las personas que denuncien posibles casos de acoso.

4. Celeridad: Las denuncias serán atendidas con prontitud.

5. Imparcialidad: Las investigaciones serán justas, equilibradas y respetarán los derechos de todas las partes.

Procedimiento de actuación

4.1. Canales de denuncia

1. Responsable del protocolo:
Aedipe Catalunya designará una persona o equipo responsable de gestionar las denuncias. Este equipo podrá ser interno o externo (por ejemplo, un servicio de mediación especializado).

2. Vías de comunicación:
– Correo electrónico confidencial: tolerancia0@aedipecatalunya.com
– Teléfono confidencial: 681 00 99 12
– Formulario online seguro: Disponible en la web de Aedipe Catalunya

3. Facilitación de la denuncia:
Las denuncias pueden presentarse de forma escrita o verbal, y deben incluir:
– Una descripción detallada de los hechos.
– Identificación de las personas involucradas.
– Documentos o pruebas disponibles.

4.2. Procedimiento paso a paso

1. Recepción de la denuncia:
– Confirmación de la recepción al denunciante en un plazo de 5 días laborables.
– Registro interno con un número de expediente para seguimiento.

2. Evaluación inicial:
– Determinar si los hechos constituyen acoso laboral o por razón de sexo.
– Si no aplican, se archivará el caso, informando al denunciante.

3. Investigación formal:
– Entrevistas con la persona denunciante, la parte denunciada y posibles testigos.
– Análisis de pruebas documentales (correos, mensajes, etc.).
– Elaboración de un informe con conclusiones en un plazo máximo de 30 días.

4. Resolución:
– Si se confirma el acoso:
Aplicación de medidas correctivas o disciplinarias (según los estatutos o normativa aplicable).

– Si no se confirma el acoso:
Archivo de la denuncia, garantizando la protección de todas las partes.

5. Medidas provisionales:
– Cambios temporales en funciones, horarios o ubicación para evitar el contacto entre las partes.

Medidas disciplinarias

Aedipe Catalunya podrá aplicar sanciones según los hechos confirmados y la normativa laboral aplicable, tales como:
– Amonestaciones verbales o escritas.
– Suspensión temporal de funciones o participación en la Asociación.
– Expulsión definitiva de la Asociación (para asociados).
– Rescisión de contratos en caso de personal asalariado.

Medidas preventivas

1. Formación:
– Cursos periódicos sobre prevención del acoso para el personal y asociados.
– Sensibilización sobre igualdad y respeto en el entorno laboral.

2. Revisión de políticas internas:
– Garantizar que todas las normativas y procedimientos incluyan la perspectiva de género y no discriminación.

3. Evaluación de riesgos psicosociales:
– Análisis periódico para identificar y mitigar factores de riesgo.

Evaluación y seguimiento

1. Indicadores de seguimiento:
– Número de denuncias recibidas y gestionadas.
– Percepción del clima laboral mediante encuestas internas.

2. Revisión del protocolo:
– Actualización anual o cuando sea necesario debido a cambios legislativos o circunstancias específicas.

Anexos

1. Formulario de denuncia:
Plantilla accesible en formatos físicos y digitales.

2. Contactos de interés:

– Inspección de Trabajo: Teléfono 91 363 56 00.
– Instituto de la Mujer: Servicios de asesoramiento. Teléfono 900 191 010.

3. Recursos de apoyo:
– Servicios externos de mediación y asesoramiento legal.

Aprobación y difusión

Este protocolo ha sido aprobado por el órgano directivo de Aedipe Catalunya y se difundirá entre todas las personas vinculadas a la Asociación mediante:
– Reuniones informativas.
– Publicación en la web oficial.

 

 

Aedipe Catalunya – Associació Professional Catalana de Direcció De Recursos Humans
Inscrita en el Registre d’Associacions de la Generalitat de Catalunya, con número de inscripción 34341
CIF: G64513856
Dirección: Balmes, 129 bis 4t 2ª, 08008 Barcelona Teléfono: 681 00 99 12
Email específico de prevención del acoso laboral y por razón de sexo: tolerancia0@aedipecatalunya.com
Web www.aedipecatalunya.com