Código de conducta
1.- Alcance del Código de Conducta
– El que dispone este Código de Conducta obliga a todos los empleados y miembros de la Junta Directiva de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos
– Los derechos y obligaciones reconocidos en este Código forman parte de la relación laboral de los empleados de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos
2.- Administración de recursos y compromiso de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos con la sociedad
2.1.- Responsabilidad en la gestión de los recursos
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos realizará en todo momento una gestión responsable y eficiente de los recursos que le son encomendados para garantizar la solvencia económica de la Asociación, y asegurar la debida calidad de los servicios que tiene que prestar a los asociados.
2.2.- Sujeción a la ley, respecto a los derechos de las personas y prohibición de discriminación
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos tiene que ajustar su comportamiento a todas las normas que le sean de aplicación, con escrupuloso respecto a los derechos de las personas, evitando cualquier discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
2.3.-Colaboració institucional
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos asume el compromiso de col•laborar con las administraciones públicas
2.4.- Veracidad y publicidad
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos aportará siempre información veraz y exacta. El principio de publicidad, entre otros, acompañará las actuaciones de la Asociación, con estricto respecto a la normativa vigente.
2.5.- Neutralidad política
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos mantiene el principio de neutralidad política. No realizará contribuciones o aportaciones a ningún partido político o políticos individuales ni a sindicatos, así como tampoco a asociaciones o fundaciones que pudieran estar promovidas por aquellos.
2.6.- Protección de datos personales
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos cumplirá con las obligaciones que se derivan de la legislación en materia de protección de datos personales, guardará el debido secreto de los datos de carácter personal, se dotará de las medidas de seguridad de índole técnico y organizativo que en cada momento sean necesarias y establecerá el procedimiento para garantizar el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, consulta y oposición.
2.7.- Prevención de riesgos laborales
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos tiene que establecer las condiciones adecuadas de trabajo que garanticen la seguridad y salud de sus empleados.
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos llevará a cabo la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y se hará cargo de la información y formación en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con el legalmente previsto.
3.- Conflicto de intereses y beneficios personales
3.1.-Conflicto de intereses
– Todos los empleados y miembros de la Junta Directiva de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos evitarán cualquier situación que pueda generar conflicto entre sus responsabilidades e intereses personales, especialmente los que participan en procesos de selección de contratistas, proveedores y col•laboradors externos.
– En todas las actuaciones que desarrollen con motivo o por ocasión de su relación laboral o responsabilidad en la Junta Directiva prevalecerán los intereses de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos frente a los ajenos y ante cualquier interés particular.
– Para evitar situaciones de conflictos de intereses, los empleados de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos y miembros de la Junta Directiva no pueden participar en trámites y / o negociaciones con empresas, proveedores o col•laboradors de la Asociación cuando ellos mismos, su cónyuge o sus familiares, hasta el segundo grado de consanguinidad, sean socios o partícipes, forman parte de sus órganos de administración, o sean directivos de las mismas.
– También para evitar situaciones de conflictos de intereses, los trabajadores y miembros de la Junta Directiva de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos tienen prohibido ser proveedores o col•laboradors externos de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos, y ostentar directamente, o a través de terceras personas , la condición de socios o partícipes en proveedores o col•laboradors externos de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos.
– Se exceptúan de las prohibiciones anteriores:
a. Las participaciones accionariales en empresas que cotizan en el mercado continuo de la Bolsa española, o asimilados de tratarse de terceros países, y que hayan sido adquiridas en operaciones de mercado abierto, siempre que esta participación no comporte la participación en sus órganos de administración y / o dirección y en la toma de decisiones, aparte de los derechos de asistencia y voto que se puedan ejercer en las Juntas Generales.
b. Las actuaciones de representación de la propia Asociación o realizadas atendiendo a un mandato de la Asociación, de acuerdo, en todo caso, con la legislación en cada momento vigente.
c. La pertenencia, ejerciendo o no cualquier tipo de cargo no retribuido, a asociaciones, clubes deportivos, organizaciones sin ánimo de lucro, fundaciones, y similares. Si alguna de estas organizaciones fuera proveedor de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos, el empleado afectado lo comunicará por escrito al Comité Responsable del Cumplimiento del Código de Conducta y se abstendrá de participar en negociaciones entre la Asociación y la institución a la cual pertenece.
3.2.- Otras actividades profesionales
– Los empleados y miembros de la Junta Directiva de La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos no podrán realizar, por sí o mediante sustitución, otras actividades profesionales que sean incompatibles con su lugar directivo y / o área de responsabilidad.
– En el supuesto que la realización de actividades profesionales diferentes de la prestación de servicios por la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos esté permitida por las condiciones laborales de los empleados de la Asociación, estos podrán desarrollar-cuándo:
a. No supongan menguar en la eficacia esperada en el ejercicio de las funciones desarrolladas en la Asociación.
b. No limiten la flexibilidad o disponibilidad horaria inherente a las funciones desarrolladas en
la Asociación.
3.3.- Beneficios personales
– Los empleados y miembros de la Junta Directiva de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos no aceptarán contraprestaciones económicas, ni regalos o favores, ni tampoco invitaciones a acontecimientos no relacionados con el ejercicio profesional.
– Únicamente se excluyen los obsequios de cortesía, de acuerdo con los usos sociales, de valor simbólico y/o de muy escasa cuantía.
4.- Relaciones laborales
4.1.- No discriminación, igualdad de trato y prohibición de acoso en el trabajo
– A la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos no se tolera ninguna forma de acoso o abuso físico, sexual, psicológico o verbal o discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. La Asociación promoverá políticas de igualdad de trato y actuará correctorament ante situaciones de acoso o contrarias en los derechos de los trabajadores.
4.2.- Selección y contratación
– La selección y contratación de personal responderá a criterios objetivos y transparentes, fijados por la Dirección de la Asociación. En todo caso, la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos tiene que promover la contratación en un marco laboral estable.
4.3.- Retribución
– La retribución responderá a criterios justos, basados en el nivel de responsabilidad, formación, actitud, disponibilidad, dedicación y contribución a la calidad y a los objetivos marcados por la Asociación.
4.4.-Dedicación
– Los empleados están obligados a cumplir con la jornada y el horario establecido, a no ausentarse de su puesto de trabajo excepto en los supuestos legalmente o convencionalmente previstos o contar con la debida autorización de su superior jerárquico, y a realizar su trabajo con profesionalidad, diligencia, buena fe y con sujeción a las instrucciones impartidas por la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos.
– Tampoco participarán durante el horario laboral en actividades personales que interfieran o los impidan cumplir con sus responsabilidades laborales.
4.5.- Desarrollo profesional
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos asume que sus empleados constituyen un eje básico de su competitividad. Por eso apuesta para promover políticas activas de recursos humanos dirigidas a desarrollar su potencial.
– Estas incluyen, entre otros, la descripción de los puestos de trabajo y sus perfiles
competenciales, la formación como herramienta de desarrollo y la valoración del desarrollo.
4.6.- Facultades de dirección
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos exige de las personas con responsabilidades de dirección que hagan un uso razonable y humano de su autoridad organizativa y disciplinaria, garantizando que los que supervisan comprendan sus responsabilidades según el presente Código y otras políticas de la empresa.
– Así mismo, se comprometerán a no fomentar o dar órdenes porque se consigan resultados a expensas de una conducta contraria a la ética de la Asociación, o con incumplimiento de este Código de Conducta o de la normativa vigente.
4.7.- Formación
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos facilitará a todos los empleados los instrumentos necesarios de formación para conocer los aspectos generales de la Asociación
– Los empleados tienen la obligación de aprovechar las acciones formativas en que participan.
4.8.- Conciliación de la vida laboral y familiar
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos tiene que procurar la conciliación del trabajo
con la vida personal y familiar de sus empleados.
4.9.- Conducta en el trabajo
– Los empleados y miembros de la Junta Directiva de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos mantendrán una conducta decorosa al trabajo, tienen que guardar el debido respecto a sus compañeros y se atenderán a las normas internas en cuanto al trato con terceros. Esta conducta se tiene que mantener en las referencias que sobre la empresa puedan echar de su horario laboral y/o en las redes sociales, bloques, wikis, etc.
– Los empleados y miembros de la Junta Directiva de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos están obligados a respetar las normas e instrucciones internas en materia de seguridad e higiene en el trabajo y de prevención de riesgos laborales.
4.10.- Pagos, obsequios o compensaciones a terceros
– Los empleados y miembros de la Junta Directiva de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos, en su actuación como tales, no podrán hacer, ni directamente ni indirectamente, promesas, pagos, obsequios o compensaciones de cualquier tipo para tratar de influir de manera impropia en sus relaciones con terceros.
4.11.- Uso de la propiedad corporativa
– Los empleados de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos destinarán los bienes de la empresa puestos a su disposición exclusivamente a las finalidades para las cuales los fueron librados, tendrán cura de los mismos, darán aviso de los desperfectos o averías que puedan tener y los volverán cuando fueran requeridos para lo cual. Tampoco utilizarán estos bienes para su beneficio personal o el de cualquier otra persona que no sea la Asociación.
– Así mismo, tienen que velar por el consumo racional y responsable de los recursos destinados al desarrollo de su actividad.
4.12.- Confidencialidad y protección de datos
– Los empleados y miembros de la Junta Directiva tienen que mantener la confidencialidad y en ningún caso harán un uso impropio o no consentido por la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos de la información de esta de la cual dispongan o a la cual puedan acceder, tanto relacionada con el conocimiento de la entidad o del sector, como relacionada con las empresas patrocinadoras, empleados por cuenta propia adheridos o asociados.
– Los empleados y miembros de la Junta Directiva de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos tienen que cumplir con las obligaciones que se deriven de la legislación en materia de protección de datos personales, así como del que establece el documento de seguridad aprobado por la entidad y en sus instrucciones o normas internas en materia de protección de datos de carácter personal.
4-13.- Neutralidad política
– Los empleados y miembros de la Junta Directiva de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos, en el ejercicio de sus funciones, tienen que asumir el principio de neutralidad política, y en las declaraciones públicas o ante terceros que puedan realizar en representación de la entidad no emitirán ningún posicionamiento de carácter político.
4.14.- Compromís con el medio ambiente
– Los empleados y miembros de la Junta Directiva tienen que estar comprometidos activamente y responsablemente en la conservación del medio ambiente, para lo cual tienen que cumplir con el que establece la política ambiental de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos y actuarán con la máxima diligencia en la enmienda de cualquier incidencia que pueda perjudicar el medio ambiente.
5.- Relaciones con los proveedores
– La contratación de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos con proveedores externos se sujetará a la normativa aplicable, así como a las normas internas de la entidad, de forma que esta se adecue a las siguientes finalidades:
a. Promover, siempre que sea posible, la concurrencia de una pluralidad de proveedores de bienes y servicios las características y condiciones ofrecidas se ajusten a las necesidades y requisitos establecidos por la entidad.
b. Seleccionar la oferta más ventajosa para la Asociación.
c. Garantizar la igualdad de trato y no discriminación entre los candidatos y la objetividad y transparencia de los procesos de decisión.
– Solo los empleados autorizados podrán formalizar contratos y hacer pedidos en nombre de la Asociación.
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos mantendrá una relación de confianza, veracidad y principios éticos con sus proveedores. Así mismo, realizará los pagos en los plazos acordados.
6.- Relaciones con los asociados, empresas colaboradoras, patrocinadores y colaboradores externos
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos velará por el cumplimiento de los derechos y deberes de los asociados, empresas asociadas, patrocinadores y colaboradores externos.
– La orientación al cliente por la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos se concreta en la vocación de excelencia en el servicio, basada en:
a. El conocimiento, escucha e investigación permanente de sus necesidades y la satisfacción lograda del servicio prestado.
b. La comunicación e información clara y transparente para facilitarlos el conocimiento y uso de nuestros servicios.
c. El contacto directo con ellos, personalmente o por medios telemáticos, poniendo todos los recursos de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos a su servicio para asesorarlos en función de sus necesidades y aportar soluciones a las mismas, siempre dentro de las facultades atribuidas a la Asociación.
d. La mejora continua de los servicios prestados por la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos, orientando las tareas hacia la creación de valor.
e. La adecuada gestión de las sugerencias, reclamaciones y quejas de socios y empresas asociadas o patrocinadoras y colaboradores externos tiene que ser una herramienta que permita mejorar la calidad del servicio.
7.- Asociados
7.1.- Calidad de servicio en la asistencia a los asociados
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos tiene que prestar la más completa asistencia a todos sus asociados.
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos apuesta por la calidad y la excelencia en la atención a los asociados, y en la investigación y el desarrollo en materia de recursos humanos.
– La Vocación de calidad y excelencia de la atención a los asociados de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos se concreta en la voluntad de proximidad territorial
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos velará por el cumplimiento de los derechos y deberes de los asociados, y cumplirá con sus obligaciones respecto a estos.
7.2.- Trato humano
– La voluntad de servicio de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos tiene que caracterizarse por un trato respetuoso a todos los asociados por la Asociación.
7.3.- Reclamaciones, quejas y sugerencias
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos gestionará las reclamaciones y quejas de sus asociados, sometiendo a revisión las actuaciones realizadas y ofreciendo contestación motivada.
8.- Órganos de gobierno, participación y consulta
– El buen gobierno y funcionamiento de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos se rige por el que establecen los Estatutos de la Asociación, y en todas las disposiciones legales y reglamentarias sean de aplicación.
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos dará publicidad a las convocatorias de la Junta General y adoptará las medidas oportunas para facilitar al asociados el ejercicio de su derecho de asistencia y voto.
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos dará publicidad y difundirá los resultados anuales de su actividad, siempre cumpliendo con la normativa de aplicación.
9.- Actuación ante terceros y competencia
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos no tratará de influir de manera impropia
en sus relaciones con terceros.
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos mantendrá una relación de confianza, veracidad y principios éticos en sus acuerdos de colaboración con otras asociaciones, organismos, colegios profesionales, universidades u otras entidades.
10.- Contabilidad y régimen económico financiero
– La Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos llevará su contabilidad de forma ordenada, con sujeción a las normas de contabilidad pública previstas por el Plan General Contable.
– Todos los pagos de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos se realizarán mediante transferencia bancaria, salvo aquellos que no pueden realizarse por este medio de pago.
– Las inversiones financieras a realizar por la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos se tienen que ajustar al que establece la normativa que en cada caso sea de aplicación, y se gestionarán de forma centralizada con criterios de rentabilidad, seguridad y liquidez.
– Los pagos se ordenarán por la persona que en cada caso sea competente para lo cual y, cuando no se trate de prestaciones a abonar por la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos, exigirán la presentación de la correspondiente factura o del título del cual nazca la obligación de pago, así como de toda la documentación que soporte el pago.
11. Cumplimiento y modificación del Código de Conducta
11.1.- Obligaciones generales
– Los empleados y miembros de la Junta Directiva de la Asociación Catalana Dirección de Recursos
Humanos están obligados a cumplir el que dispone este Código de Conducta Interno.
11.2.- Comité Responsable del Cumplimiento del Código de Conducta
– El Comité Responsable del Cumplimiento del Código de Conducta, formado por cuatro miembros de la Junta Directiva, tiene atribuidas las siguientes facultades:
a. Adoptar con carácter vinculando las decisiones de todo tipos en relación con los hechos o conductos contrarios al que dispone este Código de Conducta.
b. Resolver las consultas y dudas interpretativas que puedan suscitarse en relación con las disposiciones de este Código de Conducta.
c. Proponer las modificaciones y actualizaciones que sean necesarias en relación con el que dispone este Código de Conducta.
– Por medio del director gerente, el Comité Responsable del Cumplimiento del Código de Conducta tiene que dar cuenta periódicamente de su actividad a la Junta Directiva de la Asociación Catalana Dirección de Recursos Humanos.
– Las deliberaciones del Comité Responsable del Cumplimiento del Código de Conducta son secretas. Se levantará acta de sus reuniones en la cual se dejará constancia de los acuerdos adoptados.
– Los miembros del Comité Responsable del Cumplimiento del Código de Conducta guardarán la debida confidencialidad en relación con las informaciones que conozcan por razón de su pertenencia a este órgano.
– Cuando un miembro del Comité Responsable del Cumplimiento del Código de Conducta pudiera estar afectado por una situación de conflicto de intereses, incompatibilidad o, en general, por cualquier incumplimiento del que dispone este Código, se abstendrá de participar en las deliberaciones y votaciones del Comité que le puedan afectar.
Associació Professional Catalana de Direcció De Recursos Humans – Aedipe Catalunya –
Inscrita en el Registro de Asociaciones de la Generalitat de Cataluña, con número de inscripción 34341
NIF: G64513856
Dirección: Balmes, 129 bis 4.º 2.ª, 08008 Barcelona
Web www.aedipecatalunya.com











