La nueva regulación del modelo 190 del IRPF
Se ha publicado, en el BOE la Orden HAP/1626/2016, de 6 de octubre, que modifica la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, y se modifican asimismo otras normas tributarias.
La reforma del modelo 190 tiene por objeto finalizar y mejorar las adaptaciones necesarias a la reforma fiscal, e incorporar cambios en los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos de actividades profesionales.
La norma suprime el régimen transitorio existente únicamente para el ejercicio 2015, en relación con la reducción de los rendimientos íntegros del trabajo a aplicar por aquellos contribuyentes desempleados inscritos en una oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio.
También redefine, a partir del ejercicio 2016, las subclaves de la clave G correspondientes a los rendimientos de actividades profesionales (tipo de retención fijo del 15% respecto de trabajadores autónomos cualquiera que sea el nivel de sus ingresos y del 7% durante los 3 primeros años de inicio de la actividad profesional).
Y reorganiza las subclaves contenidas dentro de las claves A y B, para facilitar la cumplimentación de los datos adicionales correspondientes a los rendimientos que se satisfagan al trabajador por incapacidad laboral temporal.
Todos estos cambios se aplicarán ya en las declaraciones resúmenes anuales correspondientes a este año.
La Orden también modifica otras normas como la Orden EHA/3435/2007, de 23 de noviembre, que regula el modelo 117 y la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre , que regula el modelo 390.
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